martes, 21 de octubre de 2014

‘’ORGANISMOS Y TRATADOS INTERNACIONALES EN EL CONFLICTO’’






Imagen: Sitio Web Multimedia de las Naciones Unidas – Consejo de Seguridad
Expuestos los hechos anteriores y habiéndose ya formado un criterio del conflicto a partir de su evolución historia a través del tiempo, queda abocarse ahora el conflicto desde el punto de vista del derecho internacional, es decir, se va a analizar cuáles son aquellos tratados o convenciones internacionales a los que tanto israelís como palestinos han suscrito o adherido, así como también si pertenecen o no a organismos internacionales que velan por el efectivo cumplimiento de los derechos humanos ya partir de esto determinar si es que estos estados cumplen o no con la normativa internacional.
 
Luego de dos años desde emitida la resolución 181 adoptada por la asamblea general de la O.N.U  por medio de la cual se dispuso que se dividieran en 2 estados el antiguo protectorado británico de palestina, Israel fue admitido formalmente como miembro de la O.N.U el 11 de mayo de 1949 por la resolución número 273 de la asamblea general de dicho organismo. 

El hecho que Israel pertenezca a la O.N.U implica necesariamente que Israel a suscrito la Carta De Las NacionesUnidas y por consiguiente acepta las obligaciones que de ella emanan. 

Adicionalmente el estado de Israel pertenece desde el 16 de septiembre de 1949 a la UNESCO, organismo internacional cuya misión: “consiste en contribuir a la consolidación de la paz, la erradicación de la pobreza, el desarrollo sostenible y el diálogo intercultural mediante la educación, las ciencias, la cultura, la comunicación y la información’’ (1)

Cabe destacar que Israel pertenece a otros organismos internacionales diferentes, sin embargo los dos anteriormente nombrados, es decir la O.N.U y la UNESCO.

En lo que respecta a Palestina, su situación internacional se podría definir como algo mucho más irregular que la de Israel, por cuanto no es miembro de la O.N.U. 

Sin embargo recientemente el 29 de noviembre de 2012 por medio de la resolución 67/19 de la asamblea general de la O.N.U se aceptó al estado palestino como estado observador, pero no pleno miembro de  dicho organismo internacional, ya que para esto se requiere la recomendación del Consejo De Seguridad, organismo de la O.N.U en el cual EE.UU se opone a su recomendación como miembro. 

Sin embargo el Estado Palestino pertenece a la UNESCO (organización de las naciones unidas para la educación, la ciencia y la cultura) desde el 31 de octubre del 2011, por cuanto a grandes rasgos tiene la obligación de promover la paz por medio de la ciencia cultura y diversos medios de comunicación.


En lo que respecta al estado Palestino a diferencia de Israel quien a principios de su constitución como estado firmo muchos tratados sobre derechos humanos, Palestina se ha ido suscribiendo a ellos de forma más lenta, destacándose haberse unido actualmente a la convención contra la Discriminación Racial y contra la Discriminación de Mujer, Convenciones de los Derechos del Niño y de las Personas con Discapacidad; así como de  Convenciones contra la Tortura.

En fin, de lo anterior se infiere que sin perjuicio que ambos países no han suscrito todos los tratados acerca de los derechos humanos, si  han firmado actualmente sendos pactos respecto a los derechos humanos.




[1] http://en.unesco.org/

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